¿Cuándo no puede intervenir?

¿Cuándo no puede intervenir?

Cuando no se aprecia interés legítimo o no se indica la persona interesada.
Tampoco puede intervenir cuando se manifiesta mala fe o uso abusivo del procedimiento con interés de perturbar a la administración.
El defensor d la ciudadanía no puede intervenir cuando las reclamaciones se relacionan con el ámbito de actuación de competencias del ombudsman europeo, el defensor/a del pueblo o el "síndic de greuges" de esta comunidad autónoma.
t;Igualmente, tampoco intervendrá sobre cuestiones que son conocidas por los juzgados o tribunales de justicia y si la intervención de los tribunales o juzgados se produce cuando el defensor de la ciudadanía ha iniciado sus actuaciones, éste ha de suspender los trámites que hubiera comenzado.

Fecha última modificación: 9 de marzo de 2023


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